Las solicitudes de inscripción de listas de
candidatos a autoridades municipales se tramitan ante el JEE de la
circunscripción que corresponda.
Las organizaciones políticas inscritas a la
fecha límite para la convocatoria a la elección participan en el proceso de
elecciones municipales de acuerdo con los siguientes lineamientos:
a. Los partidos políticos y las alianzas
electorales entre estos pueden participar en la elección de autoridades
municipales en todos los distritos electorales del país.
b. Los movimientos regionales y las alianzas
electorales entre estos pueden participar en la elección de autoridades
municipales de su departamento.
c. La alianza entre partido político y
movimiento regional pueden participar en la elección de autoridades municipales
que existen en el departamento en el que está inscrito el movimiento integrante
de la alianza.
d. Las organizaciones políticas locales
provinciales pueden participar en la elección de autoridades municipales de su
correspondiente provincia, así como en los distritos que comprende la
respectiva provincia.
e. Las organizaciones políticas locales
distritales pueden participar en la elección de las autoridades municipales de
su distrito.
No es posible efectuar alianzas diferentes a
las indicadas en los literales a, b y c.
Las organizaciones políticas que integran una
alianza no pueden presentar, en un proceso electoral, una solicitud de
inscripción de lista de candidatos distinta de la patrocinada por esta, en la
misma jurisdicción.
El pago de tasas debe efectuarse únicamente
en el Banco de la Nación.
El último día del plazo para la presentación
de solicitudes de inscripción de listas de candidatos, ante el JEE competente,
la atención al público inicia a las 08:00 horas y culmina a las 24:00 horas.
Julio Cesar Castiglioni Ghiglino
Lima, 30 de mayo de 2018
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