lunes, 14 de abril de 2014

CONSEJO DE ÉTICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE LIMA, INSTAURA PROCESO DISCIPLINARIO CONTRA ABOGADA DEL REO EN CARCEL VLADIMIRO MONTESINOS TORRES

El Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima, que preside el Dr. Julio César Castiglioni Ghiglino instauró un proceso de investigación disciplinaria contra Estela Valdivia Alvarez, Abogada del reo en cárcel Vladimiro Montesinos Torres, y el Abogado  Alberto Dávila Gambetta, supuestamente por actuad con dolo y fraude en el ejercicio de sus funciones.

A la actual abogada de Vladimiro Montesinos se le imputa una conducta contraria a la ética profesional por su actuación en la demanda que Juvenal Páucar Marcelo interpuso contra los esposos Miguel Yanac Salas y Cristina Luján Ripol por la posesión de un inmueble ubicada en San Borja.

Se indica que, en coordinación con Dávila Gambetta, Valdivia participó en la simulación de la compra del inmueble, el 13 de octubre de 1997, con el fin que se anule el remate del mismo, sucedido 11 días antes por disposición judicial.

Esta actuación –señala la solución del Consejo de Ética, que recientemente fue notificado a los denunciados- constituye un acto contrario al Código de Ética de los Colegios de Abogados del Perú y al Estatuto del Colegios de Abogados de Lima.

Señala que el Abogado debe tener presente que es un servidor de la justicia y un colaborador de su administración; y que su deber profesional es defender, con estricta observancia de las normas jurídicas y morales, los derechos de su patrocinado.

El Abogado debe mantener el honor y la dignidad profesional. No solamente es un derecho, sino un deber, combatir por todos los medios lícitos, la conducta moralmente censurable de jueces y colegas.

El Abogado debe obrar con honradez y buena fe. No debe aconsejar actos fraudulentos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas o tendenciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la administración de justicia.

La conducta ética moral que investiga el Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima en que incurren sus agremiados difiere sustancialmente de la responsabilidad penal, civil o administrativa que estos pudieran tener, toda vez que las resoluciones que emiten sancionan los hechos antiéticos y más no las conductas que tienen un tratamiento jurisdiccional.

Además, se refiere que el artículo 1366 del Código Civil precisa que los abogados están impedidos de adquirir “los bienes que son objeto de un juicio en el que intervienen o hayan intervenido por razón de su profesión, hasta después de un año de concluido en todas sus inasistencias”.

La resolución del Consejo de Ética precisa que Valdivia y Dávila tiene hasta 15 días hábiles para presentar sus descargaos. La investigación puede durar hasta seis meses, y, al término del mismo, los denunciados pueden ser sancionados con amonestación, multa o suspensión.



                                                                                  LA OFICINA DE PRENSA

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