lunes, 2 de junio de 2014

DERECHO DE REVOCATORIA DE AUTORIDADES

COMENTARIO MUNICIPAL

Durante muchos años la democracia se ha entendido como la representación; sin embargo, la verdadera democracia no sólo es representativa sino debe ser también participativa, donde el pueblo exprese su voluntad a través de este mecanismo. Por ello, es necesario perfeccionar cada día nuestra democracia para que los vasos comunicantes entre la democracia representativa y participativa puedan funcionar, no se trata de señalar que la democracia participativa no ha sido suficiente, sino es necesario caminar a una democracia más directa donde la población pueda revocar a sus autoridades, construyendo una sociedad civilizada dejando de lado los medios de violencia para imponer sus ideas.

La revocatoria de autoridades existe desde 1903 en los Ángeles, estado de los Estados Unidos, y en catorce de otros estados, siendo éste un derecho fundamental que permite a la ciudadanía participar en forma directa. Este mecanismo existe en China nacionalista, en Corea del Sur y en el Japón, como tal se trata de una institución profundamente arraigada en los países que han fortalecido su democracia. Löwenstein, señala que este es un mecanismo de control de poder porque alcanza a las autoridades que han sido elegidas democráticamente y pueden ser sacadas del mismo en caso de trasgredir los dispositivos legales vigentes.

En una democracia, el titular del poder es el pueblo. Ese pueblo para los fines del ejercicio de sus derechos políticos está integrado por los ciudadanos, quienes somos las personas con la nacionalidad correspondiente a un Estado, con las condiciones de edad para votar y que no estemos sujetos a ningún tipo de condicionamiento para expresar nuestra voluntad. Somos entonces nosotros los ciudadanos quienes ejercemos nuestro derecho político a participar en los asuntos públicos del Estado. En una democracia, la participación la comenzamos a ejercer a través de la elección de nuestros representantes. Sin embargo, la elección de nuestros representantes no significa otorgarle un cheque en blanco para que hagan lo que quieran, sino que cuando elegimos a un candidato lo hacemos en conocimiento de su oferta electoral contenida en su programa de gobierno, o de la plataforma política que propone. Además, la participación la podemos ejercer directamente, en aquellos casos en los cuales la Constitución nos permite adoptar decisiones; como es el caso del Derecho de Revocatoria de nuestras autoridades.

Los representantes que resultan electos, no sólo representan a quienes los eligen, sino a toda su comunidad. Por ello, los representantes que elegimos tienen que ser responsables, es decir, escuchar a sus comunidades, transmitir nuestras demandas y llevarlas a cabo, o hacer que los encargados lleven a cabo políticas públicas, decisiones que satisfagan las expectativas y rendirnos cuentas de su gestión. Por ello, los ciudadanos no nos despojamos de nuestra condición de tales una vez que depositamos nuestro voto en las urnas electorales. La participación ciudadana continua, es dinámica durante todo el ciclo de la representación democrática.

La ciudadanía la construimos en la democracia, pero en la democracia concebida como una forma de vida diaria, como una cultura que abarca lo cotidiano, lo que le interesa al ciudadano de a pie, al del pueblo olvidado y postergado. La democracia es para el ciudadano, no para los grupos de poder. Pero si no ejercemos activamente nuestra democracia, corremos el peligro de que algunos pocos nos la secuestren.

La importancia de que los ciudadanos participemos activamente en nuestra democracia, no sólo en el acto electoral, sino en todas las facetas del quehacer en los asuntos públicos. La democracia, particularmente en su dimensión participativa, nos ofrece herramientas como los referendos, que constituyen una oportunidad para empoderar, empower, a los ciudadanos frente a las políticas excluyentes. Una dimensión importante de nuestra participación es en el control de sus gestiones. De allí que si un representante pierde la confianza popular, por traicionar o incumplir su oferta electoral antes de cumplir su periodo, o por que su conducta crea una grave crisis en la comunidad respectiva, los ciudadanos tenemos el derecho a revocarle el mandato que le dimos. Esta es la importancia del derecho político de los ciudadanos a revocarles el mandato a las autoridades y funcionarios electos. En una democracia, los representantes tiene que estar consientes en todo momento, de que ellos se deben a su pueblo.

El pueblo está integrado por ciudadanos conscientes y activos, mayores de edad y titulares de derechos y obligaciones. Por lo que podemos activar la revocatoria del mandato popular para deponerlos democráticamente y mediante la participación ciudadana, y elegir en su lugar a uno nuevo, éste es el ciclo de la democracia.

La revocatoria del mandato popular no es un fenómeno nuevo en la teoría democrática. Desde los inicios del pensamiento democrático, se planteó la importancia de que los mandatos de los representantes del pueblo pudieran ser revocados, incluso utilizando el símil de cómo se revoca un poder que le damos a una persona para que nos represente. Según el mandato imperativo, los representantes los constituimos con un fin determinado, por lo que, en caso que frustren ese fin o perdamos nuestra confianza, se hace necesario revocar el poder otorgado y regresarlo a su titular, que es el pueblo. Esta teoría es la que explica la pronta aparición de la figura de la revocatoria de mandato político.

Las tesis de la democracia participativa comenzó a tomar fuerza a comienzos del siglo XX en los planteamientos progresistas. Conforme a esta nueva concepción. La democracia es del ciudadano y de todos los días, y para ello es necesario elegir representantes, pero sujetos al control responsable de su mandato; y en determinadas situaciones, los ciudadanos pueden ejercer directamente la democracia. Esta nueva tesis democrática plantea de una manera mas equilibrada la figura del Referéndum Revocatorio, toda vez que es consciente de la bondad de los gobiernos estables, y de la necesidad de evitar una constante paralización de la actuación de los representantes por temor a ser revocados. De allí que este enfoque sostenga en principio, la importancia del derecho a ejercer la representación por el periodo por el cual fue elector el funcionario; pero al mismo tiempo, coexiste este principio con la revocatoria del mandato, bajo ciertas circunstancias. Ello explica la aparición de los referendos revocatorios de funcionarios estatales y locales en algunos estados de los Estados Unidos de América.

Si bien la revocatoria es el ejercicio del principio de las mayorías, es una oportunidad para recordarnos, como lo ha reconocido la Carta Democrática Interamericana, que la democracia, además del origen del poder mediante el ejercicio de la soberanía por intermedio del voto, requiere de su legitimación de ejercicio, a través de elementos y contenidos esenciales, como son el respeto a los valores y a las instituciones: el respeto a los derechos humanos, el ejercicio del poder con sujeción al Estado de Derecho, un régimen plural de partidos y organizaciones políticas, la separación e independencia de los poderes públicos y los organismos autónomos constitucionales, la subordinación de todas las instituciones del Estado a la autoridad, la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad, la responsabilidad de los gobiernos, el respeto por los derechos sociales.

La revocatoria se sustenta en el sentido de que los funcionarios públicos elegidos por voluntad popular en un proceso electoral son depositarios de la confianza del pueblo, por ende están sujetos al control ciudadano, toda vez que el pueblo lo que hace es otorgarles un mandato delegado para que ejerzan el poder político. El mandato imperativo adquiere especial valor, porque los mandatarios deben atenerse a las instrucciones de sus electores.

Mediante este procedimiento, el electorado tiene el derecho a destituir del cargo a un funcionario público a quien eligió, antes de que concluya el período para el cual fue electo; es decir, mediante una consulta se decide sobre la continuidad en el desempeño del cargo de su autoridad. El derecho a revocar surge del nexo de responsabilidad que existe entre los electores y los elegidos, entre gobernantes y gobernados, el cual se plasma mediante la elección popular y posteriormente la Revocatoria del cargo cuando la autoridad elegida ha defraudado la confianza que el pueblo depositó en él.

Este tipo de consulta tiene dos enfoques, una que obliga al mandatario a ser más eficiente en su labor, dado que le otorga al pueblo el derecho de corregir equivocaciones electorales frente a funcionarios que quieran desconocer las condiciones del mandato otorgado, porque los electores perdieron la confianza en su representante; por otra parte, se puede convertir en un instrumento amedrentador que impida el adecuado desempeño del cargo, dado que siempre estaría presente la amenaza de someterlo al escrutinio, si no satisface los intereses de determinados grupos que generalmente son los perdedores del proceso electoral, es decir, quienes promueven las revocatorias, en la mayoría de los casos son los que participaron en la contienda electoral y en esa ocasión no contaron con el apoyo popular.

Dentro de las ventajas que se le atribuye a este mecanismo de participación ciudadana están: aumenta el interés de los electores en los asuntos políticos, permite la participación directa en la toma de decisiones; obliga a los gobernantes a mantener una relación más cercana con el electorado; le recuerda al gobernante que su labor es evaluada directamente por el ciudadana y por último, faculta al elector a destituir al funcionario cuando haya perdido la confianza en él.

Entre otras de sus ventajas, se ha señalado que fortalece el régimen republicano, estimula la responsabilidad política de los funcionarios públicos y la rendición de cuentas a la comunidad, incrementa el interés de los ciudadanos en asuntos públicos y revaloriza las instituciones, creando canales institucionales para encausar conflictos sociales y morigerar diversas situaciones de crisis. La doctrina estima que en la solicitud deben expresarse sucintamente las causas o fundamentos que dan origen al proceso. No compete a la Oficina Nacional de Procesos Electorales o al Jurado Nacional de Elecciones analizar los fundamentos, estos se fundamentan pero no se demuestran por ser una consulta política.

Miro Quesada Rada advierte que las ventajas que plantea la revocatoria de autoridades  son  las  siguientes: a) Sirve  para que los  electores  puedan remover a las autoridades de sus cargos porque les han perdido la confianza. b) Permite recordarle a las autoridades que la ineficacia puede ser sancionada. c) Aumenta el interés ciudadano en los asuntos políticos, porque les permite participar lo más directamente posible en la toma de decisiones políticas. Los ciudadanos al utilizar la revocación encontrarán en ella un instrumento eficaz que le asegure su derecho a ejercer el poder.

Es un mecanismo de participación ciudadana, cuyo objetivo es el de dejar sin efecto el mandato dado a una autoridad o representen que accedió al cargo público por elección popular. Debe entenderse por tanto como un procedimiento, un instrumento de la democracia directa destinado al control del abuso del poder por parte de determinadas autoridades. La iniciativa de revocatoria es un derecho ciudadano, entendido como la posibilidad de destituir de sus cargos a determinadas autoridades que fueron elegidas por el pueblo. Debe considerarse entonces como una facultad de los ciudadanos, los electores, de dejar sin efecto el mandato representativo que surge del ejercicio del derecho de sufragio.


POLEMICA MUNICIPAL, SEMANA DEL 08 AL 14 DE OCTUBRE DE 2009.
EDICIÓN Nº 492.


                                                                  JULIO CESAR CASTIGLIONI GHIGLINO

No hay comentarios:

Publicar un comentario