Mediante escrito presentado el 30 de enero del 2013, la
denunciante interpuso denuncia contra la Municipalidad Distrital de Bellavista,
por la presunta imposición de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de
razonabilidad consistentes en:
(i) La
suspensión temporal del
procedimiento de otorgamiento
de autorizaciones de instalación
de infraestructura para telecomunicaciones, contenida en la Ordenanza Municipal
Nº 012-2012-CDB.
(ii) Las siguientes exigencias contenidas en el
procedimiento de autorización para colocación de antenas de
telecomunicaciones2, contenido en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos, aprobado por Ordenanza Nº 007- 2004-CDB3 y
efectivizadas mediante Carta
N° 327-2012-MDB-DDU,
consistentes en:
• Presentar un formulario único oficial y hoja
de trámite;
• Indicar el tiempo de uso de la antena;
• Presentar un certificado de parámetros
urbanísticos y edificatorios;
• Pago por inspección ocular;
• Pago por autorización, según altura de la
antena; y,
• Pago por multa [sic] por instalación de
antena sin autorización.
(iii) El pago de una multa de tres mil seiscientos
cincuenta nuevos soles (S/. 3.650.00) como condición para tramitar el procedimiento de autorización para la
colocación de antenas
de telecomunicaciones,
contenida en la Resolución Directoral Nº 340-2012-DDU-MDB.
Resuelven declarar barreras burocráticas ilegales las
siguientes medidas impuestas por la Municipalidad Distrital de Bellavista; y en
consecuencia, fundada la denuncia presentada por la empresa Olo del Perú S.A.C.:
Julio César Castiglioni Ghiglino
Lima, 17 de agosto de 2014
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