El Ministro de la Presidencia darlos BRUCE MONTES DE Oca,
ha manifestado en su presentación ante la Comisión de Descentralización del
Congreso de la República que iniciarán un sistema de capacitación intensiva a
Funcionarios regionales y Municipales, con el apoyo de Universidades Locales y
de los respectivos Colegios Profesionales, además ha señalado que los cursos
serán financiados con cooperación internacional, con el único objetivo de
fortalecer los gobiernos locales y los futuros gobiernos regionales. Desde
estas columnas, debemos saludar tanta iniciativa, por cuanto ésta va a
contribuir a que los Gobiernos Locales sean realmente entes de transformación y
de cambio, y mas no entes burocráticos que languidecen día a día.
El Municipio es una agrupación de personas unidas por el
vínculo de vecindad. Lo vecinal constituye la esencia misma de lo municipal.
Del mismo modo que la familia deriva de los vínculos de sangre, y el estado se
basa en vínculos políticos, el municipio se funda en las relaciones que la vecindad
establece entre los hombres. Las Municipalidades son los órganos de
administración de las ciudades cuya función consiste en realizar los servicios
públicos vecinales e impulsar el desarrollo de sus pueblos. La historia del
municipio está hondamente vinculada a la historia de la civilización, la
ciudad, su desarrollo y el fenómeno de la urbanización; la autonomía municipal
y las relaciones entre el Municipio y el Estado; la democracia municipal y sus
facultades y competencias, toda ellas tienen que ser rescatadas para tener
realmente órganos de gobierno local.
La Teoría de la Administración Municipal es una
elaboración, que se diferencia de la Ciencia Política y de la disciplina
jurídica. Atañe a las actividades que
llevar a cabo los Municipio mediante actos concretos con la finalidad de
satisfacer las necesidades colectivas, en busca del bien común.
El artículo 191º de la Constitución Política del Estado,
señala que las municipalidades están establecidas en la propia Constitución y
en la Ley Orgánica de Municipalidades, así como en los reglamentos y normas
complementarias, por otro lado el citado artículo señala: “Las municipalidades
provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los órganos de
gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia. La administración está a cargo de los Funcionarios o
Directores, forman parte de la misma los trabajadores, empleados y obreros;
administran su patrimonio, que son bienes inmuebles, bienes muebles, sus
recursos económicos. Corresponden al Consejo las funciones normativas y
fiscalizadoras; y a la alcaldía las funciones ejecutivas. Los alcaldes y
regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cinco años.
Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable pero irrenunciable. Gozan de las
prerrogativas que señala la ley.
Como tal las Municipalidades son los Órganos del Gobierno
Local que emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho
público con autonomía en los asuntos de su competencia. Les son aplicables las
leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la
constitución, regulen las actividades y funcionamiento del Sector Público
Nacional, son reguladas por su ley orgánica la cual se encarga de establecer
sus facultades y competencias exclusivas compartidas, concurrentes y delegadas.
Las Municipalidades en los tiempos modernos no sólo deben responder a la
concepción tradicional de ser repartidores de agua o recogedores de basura,
sino deben ser verdaderos entes de transformación y cambio para poder afrontar
los retos que se le presentan a la ciudad, en una época de globalización. El
Papa Pablo VI, señala: “El futuro es una de las exigencias más vitales del
hombre y de la autoridad de hoy.” No hay que gobernar para hoy, se tiene
también que gobernar para dentro de diez, quince y veinte años y esperamos que
esto suceda con el fortalecimiento de los gobiernos locales. Finalmente diremos
que esta tarea de capacitación la ha venido desarrollando el Colegio de
Abogados de Lima, en forma exitosa y en Provincias, instituciones No
Gubernamentales con CARE, por lo cual creemos que los entes intermedios, tienen
que cumplir un rol importante en la capacitación de los integrantes de los
gobiernos locales, como el INFOMUN y la creación del portal municipal, que es
toda una innovación que permita tener la información de todas las
Municipalidades del Perú vía Internet.
Julio César Castiglioni Ghiglino
POLÉMICA MUNICIPAL, SEMANA DEL 11 AL
17 DE SETIEMBRE DEL 2001
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