viernes, 28 de marzo de 2014

LLEGÓ LA HORA DE LA CAPACITACIÓN DE LOS GOBIERNOS LOCALES

El Ministro de la Presidencia darlos BRUCE MONTES DE Oca, ha manifestado en su presentación ante la Comisión de Descentralización del Congreso de la República que iniciarán un sistema de capacitación intensiva a Funcionarios regionales y Municipales, con el apoyo de Universidades Locales y de los respectivos Colegios Profesionales, además ha señalado que los cursos serán financiados con cooperación internacional, con el único objetivo de fortalecer los gobiernos locales y los futuros gobiernos regionales. Desde estas columnas, debemos saludar tanta iniciativa, por cuanto ésta va a contribuir a que los Gobiernos Locales sean realmente entes de transformación y de cambio, y mas no entes burocráticos que languidecen día a día.

El Municipio es una agrupación de personas unidas por el vínculo de vecindad. Lo vecinal constituye la esencia misma de lo municipal. Del mismo modo que la familia deriva de los vínculos de sangre, y el estado se basa en vínculos políticos, el municipio se funda en las relaciones que la vecindad establece entre los hombres. Las Municipalidades son los órganos de administración de las ciudades cuya función consiste en realizar los servicios públicos vecinales e impulsar el desarrollo de sus pueblos. La historia del municipio está hondamente vinculada a la historia de la civilización, la ciudad, su desarrollo y el fenómeno de la urbanización; la autonomía municipal y las relaciones entre el Municipio y el Estado; la democracia municipal y sus facultades y competencias, toda ellas tienen que ser rescatadas para tener realmente órganos de gobierno local.

La Teoría de la Administración Municipal es una elaboración, que se diferencia de la Ciencia Política y de la disciplina jurídica. Atañe a las actividades  que llevar a cabo los Municipio mediante actos concretos con la finalidad de satisfacer las necesidades colectivas, en busca del bien común.

El artículo 191º de la Constitución Política del Estado, señala que las municipalidades están establecidas en la propia Constitución y en la Ley Orgánica de Municipalidades, así como en los reglamentos y normas complementarias, por otro lado el citado artículo señala: “Las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La administración está a cargo de los Funcionarios o Directores, forman parte de la misma los trabajadores, empleados y obreros; administran su patrimonio, que son bienes inmuebles, bienes muebles, sus recursos económicos. Corresponden al Consejo las funciones normativas y fiscalizadoras; y a la alcaldía las funciones ejecutivas. Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo, por un período de cinco años. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable pero irrenunciable. Gozan de las prerrogativas que señala la ley.

Como tal las Municipalidades son los Órganos del Gobierno Local que emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía en los asuntos de su competencia. Les son aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la constitución, regulen las actividades y funcionamiento del Sector Público Nacional, son reguladas por su ley orgánica la cual se encarga de establecer sus facultades y competencias exclusivas compartidas, concurrentes y delegadas. Las Municipalidades en los tiempos modernos no sólo deben responder a la concepción tradicional de ser repartidores de agua o recogedores de basura, sino deben ser verdaderos entes de transformación y cambio para poder afrontar los retos que se le presentan a la ciudad, en una época de globalización. El Papa Pablo VI, señala: “El futuro es una de las exigencias más vitales del hombre y de la autoridad de hoy.” No hay que gobernar para hoy, se tiene también que gobernar para dentro de diez, quince y veinte años y esperamos que esto suceda con el fortalecimiento de los gobiernos locales. Finalmente diremos que esta tarea de capacitación la ha venido desarrollando el Colegio de Abogados de Lima, en forma exitosa y en Provincias, instituciones No Gubernamentales con CARE, por lo cual creemos que los entes intermedios, tienen que cumplir un rol importante en la capacitación de los integrantes de los gobiernos locales, como el INFOMUN y la creación del portal municipal, que es toda una innovación que permita tener la información de todas las Municipalidades del Perú vía Internet.    
   
Julio César Castiglioni Ghiglino
POLÉMICA MUNICIPAL, SEMANA DEL 11 AL 17 DE SETIEMBRE DEL 2001

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