El Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley 27972, establece que los gobiernos locales son entidades
básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación
vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con
autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades. Las
municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno
promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y
plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Promueven
el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a
través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las
políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el
desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas
circunscripciones.
El
proceso de planeación local es integral, permanente y participativo,
articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se
establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las
competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para
las municipalidades provinciales y distritales.
El
sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a
través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión
moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad,
imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas
nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración.
Los
gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el
crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La
promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades
provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y
asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de
facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida
de su población.
Los gobiernos locales son instancias de
gobierno que buscan la promoción y el desarrollo dentro de su jurisdicción y en
aplicación de sus atribuciones y competencias establecidas en la
Ley Orgánica de Municipalidades, dentro de
las atribuciones del Concejo Municipal está la de aprobar los Planes de
Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; aprobar,
monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de
inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados
y sus Presupuestos Participativos; aprobar el Plan de Acondicionamiento
Territorial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas
de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las
áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley; aprobar el Plan de
Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de
áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes
específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial; aprobar el
sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el
sistema de gestión ambiental nacional y regional, es decir, todo el manejo de
la ciudad. A través de esta columna, iniciamos este año a formular críticas
contra las malas prácticas que se desarrollaban por parte de los Concejos
Municipales o por el Despacho de Alcaldía, en igual sentido, sobre los procesos
de selección que se llevan a cabo, teniendo como resultado una catastrófica
experiencia donde el propio Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado estableció que en casi todos los casos, los procesos habían sido mal
llevados, por intereses personales o por desconocimiento de la norma y, por
otro lado, estos se da por la ausencia de la ciudadanía mediante la
participación ciudadana, los planes de desarrollo concertados, el presupuesto
participativo son nulos.
En muchos casos no hacen proceso de
selección, licitación pública, concurso público, adjudicación directa o de
menor cuantía, y compran bienes directamente cuando por el monto necesita un
proceso, en otros casos hacen proceso de selección pero no cumplen con la
publicación, las bases son malas copiadas de Internet, están amañadas, ponen
mayor puntaje al postor que va a ganar alegando alguna característica especial,
no realizan la publicación del proceso en el SNIP ni el SEACE, otorgan la buena
pro a empresas recién constituidas que tienen un capital de cinco mil soles o
un poco más y las obras que van a realizar superan el millón de soles, no
existen perfiles, expediente técnico, supervisor de obra, ingeniero residente,
hay falsos ingenieros, sin título y que en otros casos están inhábiles en sus
colegios profesionales y no pueden ejercer la profesión, no otorgan la garantía
de fiel cumplimiento y ni siquiera existe la recepción de obra, existen
empresas fantasmas que no figuran en la SUNAT ni en el Registro de Proveedores del
CONSUCODE, es decir, estafan a los gobiernos locales con la anuencia cómplice
de sus autoridades.
Tienen por costumbre declarar en
desabastecimiento eminente a estas alturas o para el siguiente ejercicio
presupuestal en la compra de bienes o servicios, es una vergüenza, porque son
autoridades que están en el cargo un año, en consecuencia, debían de haber
convocado el proceso de selección una vez aprobado el presupuesto y su plan
anual de contrataciones y adquisiciones, acepto que una gestión nueva que cuando
ingresa a la función ve que no tiene servicios, entonces declarar por acuerdo
de concejo en desabastecimiento inminente, es justificable por excepción y en
tanto se lleva a cabo el proceso, pero una gestión que va para su segundo
periodo no puede hacer eso, lo que significa que hay un claro aprovechamiento
del cargo.
Llegamos a este análisis desastroso, no
con el ánimo de destruir los gobiernos locales, muy por el contrario somos
fervientes defensores de su fortalecimiento como sociedades intermedias para el
desarrollo y el progreso de los pueblos y defendemos su autonomía e
institucionalidad; sin embargo, formulamos críticas a las cosas que a nuestro
juicio se vienen haciendo mal para que se corrijan y en el futuro no se cometan
los mismos errores, toda vez que la ciudadanía viene perdiendo la confianza y
credibilidad en sus autoridades elegidas por voluntad popular.
Esperemos que el próximo año podamos decir
que el balance de la gestión de los gobiernos locales en su gran mayoría es positivo,
y que sus metas se han cumplido, lo cual beneficiará a los sectores más
necesitados y por ende impulsará el crecimiento de nuestra sociedad dentro del
principio de subsidiaridad.
Julio
César Castiglioni Ghiglino
AÑO DE 2007
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