El Título
Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, establece que los
gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del
Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos,
que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las
correspondientes colectividades. Las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería
jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus
fines. Promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y
pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en
armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así
como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus
respectivas circunscripciones.
El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo,
articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se
establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las
competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para
las municipalidades provinciales y distritales.
El sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a
través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión
moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad,
imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas
nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración.
Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el
crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La
promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades
provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y
asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de
facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida
de su población.
Los gobiernos locales son instancias de gobierno que buscan la promoción y el
desarrollo dentro de su jurisdicción y en aplicación de sus atribuciones y competencias
establecidas en la Ley Orgánica
de Municipalidades, dentro de las atribuciones del Concejo Municipal está la de
aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto
Participativo; aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo
institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de
Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos; aprobar el
Plan de Acondicionamiento Territorial, que identifique las áreas urbanas y de
expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales;
las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a
ley; aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el
Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de
Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de
Acondicionamiento Territorial; aprobar el sistema de gestión ambiental local y
sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional
y regional, es decir, todo el manejo de la ciudad
A través de esta columna, iniciamos este año a formular críticas contra las
malas prácticas que se desarrollaban por parte de los Concejos Municipales o
por el Despacho de Alcaldía, en igual sentido, sobre los procesos de selección
que se llevan a cabo, teniendo como resultado una catastrófica experiencia
donde el propio Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableció
que en casi todos los casos, los procesos habían sido mal llevados, por
intereses personales o por desconocimiento de la norma y, por otro lado, estos
se da por la ausencia de la ciudadanía mediante la participación ciudadana, los
planes de desarrollo concertados, el presupuesto participativo son nulos.
En muchos casos no hacen proceso de selección, licitación pública, concurso
público, adjudicación directa o de menor cuantía, y compran bienes directamente
cuando por el monto necesita un proceso, en otros casos hacen proceso de
selección pero no cumplen con la publicación, las bases son malas copiadas de
Internet, están amañadas, ponen mayor puntaje al postor que va a ganar alegando
alguna característica especial, no realizan la publicación del proceso en el
SNIP ni el SEACE, otorgan la buena pro a empresas recién constituidas que
tienen un capital de cinco mil soles o un poco más y las obras que van a
realizar superan el millón de soles, no existen perfiles, expediente técnico,
supervisor de obra, ingeniero residente, hay falsos ingenieros, sin título y que
en otros casos están inhábiles en sus colegios profesionales y no pueden
ejercer la profesión, no otorgan la garantía de fiel cumplimiento y ni siquiera
existe la recepción de obra, existen empresas fantasmas que no figuran en la SUNAT ni en el Registro de
Proveedores del CONSUCODE, es decir, estafan a los gobiernos locales con la
anuencia cómplice de sus autoridades.
Tienen por costumbre declarar en desabastecimiento eminente a estas alturas o
para el siguiente ejercicio presupuestal en la compra de bienes o servicios, es
una vergüenza, porque son autoridades que están en el cargo un año, en
consecuencia, debían de haber convocado el proceso de selección una vez
aprobado el presupuesto y su plan anual de contrataciones y adquisiciones,
acepto que una gestión nueva que cuando ingresa a la función ve que no tiene
servicios, entonces declarar por acuerdo de concejo en desabastecimiento
inminente, es justificable por excepción y en tanto se lleva a cabo el proceso,
pero una gestión que va para su segundo periodo no puede hacer eso, lo que
significa que hay un claro aprovechamiento del cargo.
Llegamos a este análisis desastroso, no con el ánimo de destruir los gobiernos
locales, muy por el contrario somos fervientes defensores de su fortalecimiento
como sociedades intermedias para el desarrollo y el progreso de los pueblos y
defendemos su autonomía e institucionalidad; sin embargo, formulamos críticas a
las cosas que a nuestro juicio se vienen haciendo mal para que se corrijan y en
el futuro no se cometan los mismos errores, toda vez que la ciudadanía viene
perdiendo la confianza y credibilidad en sus autoridades elegidas por voluntad
popular.
Esperemos que el próximo año podamos decir que el balance de la gestión de los
gobiernos locales en su gran mayoría es positivo, y que sus metas se han
cumplido, lo cual beneficiará a los sectores más necesitados y por ende
impulsará el crecimiento de nuestra sociedad dentro del principio de
subsidiaridad.
LIMA, 22 DE OCTUBRE DE 2008
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