DISPOSICIONES MUNICIPALES
Según refiere la Ley Nº 27783 – Ley de bases de la
Descentralización, los gobiernos locales se sustentan y rigen por presupuestos
participativos anuales como instrumentos de administración y gestión. Los
presupuestos de inversión se elaboran y ejecutan en función a los planes de
desarrollo y programa de inversiones debidamente concertados. Los presupuestos
operativos se financian con los ingresos propios y complementariamente con los
recursos transferidos.
A su vez la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades,
señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales
como instrumentos de administración y gestión. El presupuesto participativo
forma parte del sistema de planificación.
Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les
confieren los articulo 197º y 199º de la Constitución, regulan la participación
vecinal en la formulación de los presupuestos participativos, y rinden cuenta
de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley.
La municipalidad es la base de la estructura
política-administrativa y como tal es responsable de prestar los servicios
públicos básicos, ejecutar obras de interés social, promover la participación
comunitaria y en general promover las actividades que mejoren el nivel de vida
de los ciudadanos.
La participación y el presupuesto participativo, procura
promover la participación de los ciudadanos en la identificación y resolución
de las necesidades comunitarias y el desarrollo local, cuyos propósitos se
complementan con el objetivo estratégico de la municipalidad. Debe procurar que
ambas metodologías de gestión se articulen en la programación de sus
presupuestos, así como en la vigilancia y la fiscalización de la gestión de los
recursos públicos.
PLANIFICACIÓN PARTICIPATIVA
La planificación
participativa es el proceso de recolección, análisis y presentación de datos e
información para hacer planes, dichos planes especifican los objetivos
concretos que se esperan lograr por medio de una serie de actividades que se
realizan en el tiempo.
En el marco de una innovadora forma de participación
ciudadana o de procedimientos formales de democracia, en asuntos municipales,
se ha visto por conveniente establecer el proceso del presupuesto participativo
como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y
transparente de los recursos públicos con la participación directa de la
sociedad civil, a fin de incorporar más apropiadamente las aspiraciones de los
grupos representativos de la sociedad respecto a las prioridades del gasto
público en materia de inversiones.
PLAN-PRESUPUESTO
Si el
plan es participativo, e presupuesto también debe ser participativo, ambos como
instrumentos operativos de los gobiernos locales; debe articularse y seguir la
misma dinámica, la población no puede ser ajena a como se formula el Plan de
Desarrollo Municipal Concertado y el Presupuesto Participativo, ya que en ellos
se expresan no solo los derechos sino obligaciones individuales y colectivas
que permitan avanzar en el logro de los objetivos fijados, así como las metas.
Debe
buscar que ambos tanto la discusión del plan como del presupuesto sean la
continuidad de un solo proceso participativo, un espacio de encuentro en el
cual se discute, se aporta distintos puntos de vista, se fijan puntos comunes y
se toma decisiones y se comprometen en la acción de poner en marcha lo acordado
y queda expresado en el documento llamado plan de desarrollo concertado, y en
el presupuesto participativo, mecanismo que es impulsado a través de los
consejos de coordinación.
OBJETIVO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
El
objetivo del presupuesto participativo es establecer disposiciones que aseguren la participación. El presupuesto
participativo se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo
concertados, así como la fiscalización de la gestión; estos deben alcanzar
ciertos objetivos como: a) Descentralizar y distribuir las inversiones
públicas, situando a las comunidades más necesitadas en el primer lugar de las
prioridades municipales; b) Institucionalizar un mecanismo de participación de
la sociedad civil en la toma de decisiones referentes a la gestión de los
recursos públicos; y c) Crear una cultura de la participación ciudadana
respetando sus decisiones. Para que la ciudadanía participe activamente en las
decisiones fundamentales del presupuesto es imprescindible la voluntad política
del gobernante.
FINALIDAD DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
La
finalidad del presupuesto participativo es recoger las aspiraciones y
necesidades de la sociedad y promover su ejecución a través de programas y
proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos
estratégicos de desarrollo humano integral y sostenible, así como optimizar el
uso de los recursos a través de un adecuado control, para ello es necesario
tener en cuenta lo siguiente: a) Fortalecer las organizaciones sociales de base
para el logro del desarrollo humano sostenible. b) Fortalecimiento de la
gobernabilidad municipal y el desarrollo local; c) Promover una mayor y mejor
participación ciudadana; d) Democratizar la toma de decisiones en el marco del
plan de desarrollo local concertado.
Por lo
cual, los gobiernos locales deben cumplir con el presupuesto participativo
aprobado, si bien es cierto en la mayoría de los casos en gestiones anteriores,
estos deben ejecutarse, toda vez que provienen con la participación ciudadana,
a través de los Consejos de Coordinación Local y en todo caso de producirse
algunas modificaciones presupuestales en lo pragmático, deben ponerse en
conocimiento del propio Consejo de Coordinación, a fin de evitar
enfrentamientos con el Consejo de Vigilancia.
Julio César Castiglioni Ghiglino
POLÉMICA MUNICIPAL, SEMANA DEL 17 AL
23 DE MAYO DEL 2007
EDICIÓN N° 370
EDICIÓN N° 370
No hay comentarios:
Publicar un comentario