La Ordenanza Regional Nº
001-2009-CODIP-CR/GRP que se aprobó con seis votos a favor, cuatro en contra y
dos abstenciones el cambio de nombre del Departamento de Puno al de “Región
federal de Quechuas y Aymaras” es un despropósito jurídico, atenta contra la
unidad del Estado y es un enfrentamiento abierto con los poderes del Estado y los organismo
autónomos constitucionales que forman parte de la estructura del Estado.
Como se sabe el Art. 43º de la
constitución Política del Perú señala: “La
República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado
es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y
descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes.”
A su vez el art. 189º precisa: “El
territorio de la República está integrado por regiones, departamentos,
provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el
gobierno a nivel nacional, regional y local, en los términos que establece la
Constitución y la ley, preservando la unidad e integridad del Estado y de la
Nación. El ámbito del nivel regional de gobierno son las regiones y
departamentos. El ámbito del nivel local de gobierno son las provincias,
distritos y los centros poblados.” Y la Duodécima disposiciones final y
transitoria señala: “La organización
política departamental de la República comprende los departamentos: Amazonas,
Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco,
Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua,
Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali; y la Provincia
Constitucional del Callao.”
Por otro lado el Art. 190º del mismo texto legal precisa: “Las regiones
se crean sobre la base de áreas contiguas integradas histórica, cultural,
administrativa y económicamente, conformando unidades geoeconómicas
sostenibles. El proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los
actuales departamentos y la Provincia Constitucional del Callao. Estos
gobiernos son gobiernos regionales. Mediante referéndum podrán integrarse dos o
más circunscripciones departamentales contiguas para constituir una región,
conforme a ley. Igual procedimiento siguen las provincias y distritos contiguos
para cambiar de circunscripción regional. La ley determina las competencias y
facultades adicionales, así como incentivos especiales, de las regiones así
integradas. (…)”
Como se puede ver, al haberse
aprobado esta ordenanza la cual ha pasado a una comisión de apoyo encargada de
adecuar las observaciones alcanzadas por los consejeros, atenta abiertamente
con la Constitución Política del Perú y de ser ratificada y publicada es
inconstitucional y desde su vigencia “nula
ipso jure”, toda vez que a la actualidad en nuestro país no existen
regiones, la región es un concepto geográfico que se ciñe sobre la base se áreas
continuas integradas a través de su historia, cultura, antropológicos, tradiciones,
costumbres y aspectos sociales, que conforman unidades geoeconómicas
sostenibles, es decir, el concepto de región parte del mosaico que integran a
varios espacios físicos en base a una realidad, como tal hasta al fecha en
nuestro país no existen regiones, y la actual demarcación geográfica se cimenta
en los departamentos dentro de los cuales existe un gobierno regional
representado por su presidente y el Consejo Regional integrado por los
consejeros regionales, es decir, no tenemos regiones.
Sino tenemos regiones y solo
existen gobiernos regionales no se puede cambiar de nombre a algo inexistente
pero además no es atribución del Consejo Regional a través de una ordenanza que
por donde se mire es inconstitucional querer cambiar el nombre a una
determinada jurisdicción en ese sentido las regiones nacerán previa consulta
popular que se realice cuando las condiciones estén dadas para su integración y
será la población la que determine que departamentos integran una u otra región
y cual será su nombre, el mismo que posteriormente será plasmada a través de
una ley aprobada pro el Congreso de la República.
La pretendida ordenanza lo que
busca es un enfrentamiento entre los pobladores del departamento de Puno con el
país y con las autoridades que nos gobiernan, evidentemente tras esta propuesta
existe un propósito político de desintegrar la república con intereses
abiertamente alentado desde el exterior pero que causa sorpresa que este
proyecto haya sido presentado por el consejero de la Provincia de Yunguyo,
Neyellko Gutierrez Quispe de las filas del Partido Aprista Peruano.
De ser ratificada y publicada la
citada ordenanza los integrantes del Consejo Regional del Departamento de Puno
estarían incursos en los delitos de Abuso de Autoridad, Usurpación de
Funciones, Desobediencia o Resistencia a la Autoridad, entre otros delitos sin
perjuicio de ello ya es hora de modificar la ley de los gobiernos regionales
estableciendo mayores causales de vacancia y suspensión para los integrantes de
los Consejos Regionales y sus presidentes, toda vez que ya se vienen dando
varios casos de esta naturaleza y actúan con impunidad, toda vez que la ley no
es severa para castigar estas acciones que tienen un tinte político
divisionista y que deben ser desterradas antes que estas ideas trasnochadas
puedan ser cogidas por otros gobiernos regionales.
Lima,
16 de enero de 2009
JULIO
CESAR CASTIGLIONI GHIGLINO
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