Se
ha generado un conflicto entre los vecinos del distrito de San Borja, y el
Ministro de Salud Oscar Ugarte, por la construcción de la nueva Sede del Instituto
Nacional del Niño que se realiza en las esquinas de la Av. Javier Prado y Rosa
Toro, el tema se pretende reducir a un enfrentamiento entre ricos y pobres que
nos pude llegar a la vergonzosa experiencia de levantar un cerco para dividir
un distrito con el otro.
Soy
un convencido que no solamente debe construirse una nueva sede del Instituto Nacional del Niño, sino que debe
existir cuando menos 26 uno en cada Gobierno Regional, a través de mi hermana
que trabaja en el hospital del niño ubicado en la Av. Brasil eh ingresado a las
áreas de emergencia o de quemados del Hospital del Niño es penoso de ver a
padres desesperados para que sus niños sean atendidos, a pie firme con el niño
bajo el brazo, tirados en el piso, el drama es desgarrador, y ello sucede todos
los días, la discusión no hay que llevarla por el nivel técnico y no político y
el tratamiento que requiere este problema.
Nuestra
república es democrática, social, el gobierno es unitario, representativo y
descentralizado y se organiza según el principio de poderes. Los gobiernos
locales promueven el desarrollo económico local y dentro del principio de
subsidiaridad el gobierno nacional no puedo hacer aquello que le corresponde al
gobierno regional, por ende este, no puede hacer aquello que le corresponde a
los gobiernos locales, funciones específicas exclusivas de las municipalidades
distritales la de normar, regular y otorgar licencias de la construcción.
Mediante
Decreto de Urgencia 010-2009 de fecha 29 de enero del año 2009 el Gobierno
declaro de necesidad nacional y de ejecución prioritaria del proyecto de
inversión pública para la construcción del Instituto Nacional del Niño.
La
Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza 1063-MML publicada en el
Diario Oficial El Peruano el 14 de septiembre del 2007 aprueba el reajuste
integral de la Zonificación y los Usos de Suelo del distrito de San Borja y la Ordenanza
1309 de fecha 12 de noviembre del 2009
precisa el plano de Zonificación de los Usos del distrito, calificándolo al
predio ubicado entre la Av. Javier Prado con la Av. Rosa Toro de la
urbanización Javier Prado III, como de Otros Usos-Centro Hospitalario (OU-H) con
un área de 16.413.63 mt2, para la construcción del Instituto Nacional de Salud
del Niño, por tratarse de un proyecto de inversión pública, de interés nacional
y de ejecución prioritaria, es decir se hiso el cambio de zonificación
exclusivamente para este lote.
El
decreto de Urgencia como la Ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima
no autorizan la construcción, esa atribución le corresponde a la Municipalidad distrital
previa aprobación del ante proyecto y del proyecto por parte de la Comisión
Técnica Distrital le otorga la licencia
de obra y sí esta desaprueba tiene expedito su derecho de apelar a la Comisión Técnica
Provincial; la construcción no tiene licencia de obra, licencia de construcción;
la Municipalidad distrital a emitido la Resolución de Unidad
093-2010-EMSB-GM-GDU-UCU de fecha 9 de marzo en la que Resuelve la Paralización
inmediata de los trabajos de construcción que se viene efectuando en la obra y se procede a la denuncia penalmente a los que
resulten responsables por el delito de violencia y resistencia a la autoridad,
sin embargo el acto administrativo que debió emitirse era una resolución de Gerencia
y mas no una Resolución de Unidad, conforme a la Ley Orgánica de
Municipalidades.
Los
funcionarios de la Municipalidad de San Borja señalan que el MINSA no ha
cumplido con los parámetros técnicos necesario para este tipo de construcciones
y que además no han levantado las observaciones que la Comisión Técnica Distrital
les ha formulado. Debemos de recordar que esta Municipalidad es una de las que
pone más trabas a todos los proyectos de desarrollo local o construcción.
El
Ministro de Salud a señalado que ha interpuesto una Demanda de Amparo ante el
10º Juzgado Constitucional para que pueda continuar la obra, sin embargo la
sola presentación de una demanda y su admisión a trámite no suspende los
efectos de la Resolución de Unidad, para que ello suceda el Juzgado debe emitir,
a solicitud de parte, una medida cautelar innormativa, que les permita seguir
con la construcción, lo grave es que a anunciado que en las próximas horas esto
producirá, poniendo en duda la imparcialidad del Poder Judicial y el criterio
del Juez, para otorgar la medida cautelar se debe tener en cuenta la verosimilitud,
el derecho constitucional violado, peligro en la demora, la demora en la ejecución
de la obra puede causar graves consecuencias, contra cautela, que puede ser
juratoria.
Si
el Ministro había acudido al Poder Judicial a través del Procurador Público del
Sector para enervar la validez del acto administrativo qué hacia el día de ayer
en la construcción disponiendo que esta continúe, arrancando los papelografos
de clausura y azuzando a los trabajadores a que griten arengas para que
continúa, lo cual constituye delito de abuso de autoridad, violencia y
resistencia o desobediencia a la autoridad y contra la Paz Pública.
Como
vemos estamos ante un entrampamiento en la cual el Ministro de Salud quiere
imponer su capricho de ejecutar la obra sin contar con la licencia
correspondiente, debemos recordarle que un Estado Democrático y más no
estatista, y se debe respetar los poderes del Estado y los Niveles de Gobierno.
El
tema viene desde el año 2009, habría que preguntarse, donde estuvo el Alcalde Alberto
Tejada de profesión Médico, y en donde está en estos momentos, limitándose a
enviar a funcionarios de segundo nivel.
Lima,
25 de marzo de 2010
JULIO CÉSAR CASTIGLIONI GHIGLINO
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