La
promoción a la inversión privada para la ejecución de proyectos de inversión
pública en infraestructura de impacto regional y local en el país, se implementó
mediante Ley Nº 29230, que impulsa la inversión pública regional y local con
participación del sector privado y su reglamento el DS Nº 147-2008-EF. Su ámbito de aplicación incluye componentes
de equipamiento, reingeniería de procesos, sistemas de información entre otros.
Éste régimen es el denominado Obras por Impuestos.
La forma en
que opera este régimen consiste en que las empresas privadas que al amparo de
la ley desarrollen proyectos de inversión pública, que se encuentran promovidos
por los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, puedan imputar el monto
invertido en el proyecto correspondiente hasta por un monto equivalente al 50%
del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del ejercicio anterior.
Para
efectos de desarrollar este régimen, los Gobiernos Regionales y Locales deben
suscribir convenios con las empresas privadas, mediante estas pueden
comprometerse no sólo a financiar sino también a ejecutar los proyectos de
inversión que se encuentren incluidos en la lista priorizada de proyectos –la
misma que según la ley será actualizada periódicamente– de manera que, una vez
ejecutado y entregado el proyecto conforme a los términos establecidos,
corresponde que la Dirección Nacional del Tesoro Público, a solicitud de estos o
de la empresa privada emita el Certificado Inversión Pública Regional y Local -
Tesoro Público, a favor de la empresa a efectos de que ésta los aplique.
En relación
a las reformas realizadas a la ley y al reglamento, mediante DS Nº 090-2009-EF y
DSNº 165-2009-EF, se inicia un proceso de agilización del procedimiento para
acceder al régimen de Obras por Impuestos, estableciendo la entrega del
Certificado por avances de obras.
Julio
César Castiglioni Ghiglino
Lima,
23 de noviembre de 2011.
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