Los regidores
que trabajan como dependientes en el sector público o privado gozan de licencia
de sus centros de trabajo hasta por veinte horas semanales, sin descuentos de
sus remuneraciones, tiempo que será dedicado exclusivamente a las labores
municipales.
Los regidores
no serán trasladados ni reasignados sin su consentimiento, mientras ejercen
función municipal. El empleador está obligado a conceder la licencia semanal,
bajo responsabilidad.
Así,
los miembros de los concejos municipales tendrán garantizada la permanencia en
el centro o centros de trabajo y también debe entenderse el sector privado en
el que estuvieran prestando servicios en el momento de la elección, sin que
puedan ser trasladados u obligados a concursar a otras plazas vacantes en
distintos lugares.
Por
otra parte, y a efectos de permiso para ausentarse del puesto de trabajo, se
entiende por tiempo indispensable para el desempeño de cargo electivo de una
Corporación Local el necesario para la asistencia a las sesiones del Pleno de
la Corporación o de las Comisiones y atención a las delegaciones de que forme
parte o que desempeñe el interesado.
Julio César
Castiglioni Ghiglino
Lima, 08 de
setiembre de 2011.
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