1. ¿A qué apunta
la reforma del servicio civil?
Esta reforma mayor
apunta a modernizar de manera integral la administración pública con el fin de
mejorar los servicios a la ciudadanía y potenciar el desarrollo en las
distintas jurisdicciones del país. Por eso se propone eliminar la duplicidad de
funciones, completar el perfil técnico de los puestos que la administración
pública demanda, uniformar progresivamente los regímenes laborales,
racionalizar la burocracia, ordenar las remuneraciones e instaurar un régimen
de carrera pública para todos los funcionarios del Estado.
2. ¿Por qué se
requiere una Reforma del Servicio Civil?
Porque el Estado
peruano necesita contar con instituciones públicas modernas (sean del Gobierno
Nacional, de los gobiernos regionales o de las municipalidades) que cuenten con
servidores públicos preparados para prestar servicios de calidad. La reforma
del servicio civil está orientada a recuperar el principio del mérito y buen
desempeño en la función pública y fortalecer las oficinas de recursos humanos
para pasar de una “administración de planilla” a la “gestión de personas”, así
como desarrollar una mayor capacidad gerencial en todas las entidades del Estado.
3.¿Cómo se
diferencia esta reforma de los otros intentos de reforma anteriores?
Por medio de la recuperación de un órgano rector del servicio civil, se recupera las competencias perdidas por el INAP en el año 1995 (anterior rector en materia de empleo público) lo cual ha permitido diseñar pilares que contribuirán a la reforma, como el cuerpo de gerentes públicos, las “reglas de juego” para los procesos de evaluación y capacitación, y el Registro Nacional del Servicio Civil.
Por medio de la recuperación de un órgano rector del servicio civil, se recupera las competencias perdidas por el INAP en el año 1995 (anterior rector en materia de empleo público) lo cual ha permitido diseñar pilares que contribuirán a la reforma, como el cuerpo de gerentes públicos, las “reglas de juego” para los procesos de evaluación y capacitación, y el Registro Nacional del Servicio Civil.
4. ¿Cuál es el
alcance del paquete de reformas sobre el servicio civil?
El paquete de
normas sobre el servicio civil pondrá en movimiento reformas que deben ser
sostenibles en el tiempo. No busca, por tanto, resolver de golpe y en el corto
plazo los múltiples problemas del servicio civil, sino avanzar, paso a paso y
ordenadamente, hacia una transformación mayor. El camino a la
institucionalización de un servicio civil eficiente es necesariamente largo,
pues se trata de una reforma muy compleja que requiere de recursos, consensos
políticos, capacidad de implementación y, desde luego, tiempo de maduración.
Los decretos legislativos recientemente aprobados buscan sentar los cimientos
institucionales y crear las capacidades necesarias para emprender y sostener
con éxito el proceso de una reforma de largo aliento.
5. ¿El paquete de normas sería inconstitucional
al exceder las facultades legislativas otorgadas por el Congreso?
Los decretos han
sido aprobados dentro del marco de las facultades delegadas al Ejecutivo por el
Congreso de la República por la Ley N° 29157, en conformidad con lo previsto
por el artículo 104º de la Constitución Política del Perú. Su objetivo es
legislar en materia de “mejora del marco regulatorio, fortalecimiento
institucional y simplificación administrativa y modernización del Estado”,
aspectos que la ley autoritativa ha considerado de manera acertada como
cruciales para el óptimo aprovechamiento del Acuerdo de Promoción Comercial
Perú – Estados Unidos (APC), conocido como TLC.
6. ¿Pueden las
reformas del sector público elevar la competitividad del país?
En los últimos años, el sector privado ha mostrado mejoras en eficiencia, como lo refleja el crecimiento significativo de las exportaciones no tradicionales con mayor valor agregado. Sin embargo, hay un amplio margen de competitividad por ganar en el campo de los bienes y servicios públicos que solo el Estado puede proveer y organizar, como por ejemplo la seguridad, la infraestructura, el cuidado de los recursos, el ambiente y muchos otros campos que requieren de un servicio civil ágil, eficiente y de calidad.
En los últimos años, el sector privado ha mostrado mejoras en eficiencia, como lo refleja el crecimiento significativo de las exportaciones no tradicionales con mayor valor agregado. Sin embargo, hay un amplio margen de competitividad por ganar en el campo de los bienes y servicios públicos que solo el Estado puede proveer y organizar, como por ejemplo la seguridad, la infraestructura, el cuidado de los recursos, el ambiente y muchos otros campos que requieren de un servicio civil ágil, eficiente y de calidad.
7. ¿Los avances de la Reforma del Servicio Civil
son significativos en comparación a los de la región?
Dentro del
contexto Latinoamericano la calidad del servicio civil en el Perú ha dado
muestras significantes de la mejora de su desempeño. Para el año 2010 se tiene
un puntaje de 29 puntos, demostrando un incremento de 15 puntos en el Índice
del Desarrollo Burocrático en América Latina y el Caribe, que realiza el BID,
frente a los 14 puntos del año 2004, posicionando al país, ahora, en el
promedio de la región.
El crecimiento de
este indicador es primordial para el impulso de la inversión en el país y la
generación de trabajo. Asimismo, los factores claves que ha considerado el BID
para esta mejora, han sido el desarrollo y buen funcionamiento del Cuerpo de
Gerentes Públicos, la gestión del rendimiento con la reimplantación progresiva
de la cultura de evaluación y al funcionamiento del Tribunal del Servicio
Civil. Por otro lado, de los componentes del Índice de Desarrollo Burocrático,
el servicio civil peruano obtiene los puestos 3º y 4º para Mérito y
Consistencia Estructural respectivamente en la muestra de nueve países.
Considerando el reciente inicio de le reforma en el año 2008, el trabajo de
SERVIR se ha plasmado en progresos concretos en varios de los subsistemas de
gestión de los Recursos Humanos sentando las bases de la viabilidad de la
reforma.
1. ¿Qué es el Servicio
Civil?
Son las “reglas de juego” que orientan la
gestión de los servidores públicos. Dichas reglas se agrupan en un sistema
ordenado y coherente y están referidas a lo siguiente: al ingreso de los
servidores, movilidad, capacitación, evaluación, gestión de las remuneraciones,
entre otros. Muchas de estas reglas de juego son transversales a todas las
entidades públicas y se implementan en cada entidad por medio de los procesos
de gestión de recursos humanos.
2. ¿Cómo se vincula la gestión de recursos humanos y el servicio civil?
El concepto de recursos humanos ha sido utilizado tradicionalmente en las organizaciones del sector privado para referirse a la rama de la gestión vinculada al reclutamiento, manejo y desarrollo de las personas dentro de una organización, integrando la gestión de los recursos humanos al cumplimiento de los objetivos de la organización y/o empresa. Esta noción se ha “importado” al sector público por medio del concepto de servicio civil.
El concepto de recursos humanos ha sido utilizado tradicionalmente en las organizaciones del sector privado para referirse a la rama de la gestión vinculada al reclutamiento, manejo y desarrollo de las personas dentro de una organización, integrando la gestión de los recursos humanos al cumplimiento de los objetivos de la organización y/o empresa. Esta noción se ha “importado” al sector público por medio del concepto de servicio civil.
No existe ninguna diferencia. Sin embargo,
mediante las normas de creación de SERVIR (Decreto Legislativo 1023) se
reemplaza el término empleo público por servicio civil, con la finalidad de
recuperar los valores esenciales de la función pública, como el mérito,
servicio al ciudadano y la orientación a resultados.
Las principales normas que rigen
actualmente nuestro Servicio Civil son los Decretos Legislativos 1023, 1024,
1025, 1026 y los regímenes laborales DL. 276, DL 728 y el DL 1057 (CAS).
Adicionalmente, SERVIR ha preparado un
Texto Único Ordenado y un Compendio Normativo que permiten entender de manera
integral el conjunto de normas del servicio civil.
El enlace para acceder a dicho contenido
es el siguiente:
La Autoridad Nacional del Servicio Civil
-en adelante SERVIR- es el órgano rector de la gestión de recursos humanos en
el Estado. Se podría decir que es la gerencia de recursos humanos de la
administración pública. El rol de
SERVIR, como ente rector del sistema, consiste en definir las “reglas de juego”
a nivel nacional sobre la gestión de recursos humanos en el sector público, por
medio de la formulación de políticas nacionales, opiniones técnico vinculantes,
normas y la supervisión de su cumplimiento, y la resolución de conflictos.
SERVIR está adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros.
En la administración pública existen más
de 2500 entidades y más de un millón de servidores públicos. Es importante que
exista un órgano rector para gestionar esta cantidad de personas así como la
diversidad de normas, procedimientos y contextos en los que se desarrolla el
servicio civil. El funcionamiento del órgano rector permite dictar y ordenar las
“reglas de juego” sobre la gestión de los servidores públicos y, de esta
manera, contribuir a la mejora de la calidad de los servicios al ciudadano.
7. ¿Cuál es la diferencia entre el quehacer de SERVIR y el del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)?
SERVIR está encargado de la gestión de los
servidores públicos y el MTPE se encarga de las relaciones laborales entre
privados. Es importante mencionar que los derechos y deberes colectivos tanto
en el sector privado como en el público son regulados actualmente por el MTPE.
Son el conjunto de principios, normas,
procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se regula la
utilización de los recursos de las entidades de la administración pública,
promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso, independientemente del nivel de
gobierno al que pertenezcan o su función, como por ejemplo, las acciones de
planeamiento, las compras públicas o la gestión de recursos humanos.
Los Sistemas Administrativos en el Perú
son 11 y están referidos a las siguientes materias:
- Abastecimiento
- Contabilidad
- Control.
- Defensa
Judicial del Estado
- Endeudamiento
Público
- Gestión
de Recursos Humanos
- Inversión
Pública
- Modernización
de la gestión pública
- Planeamiento
Estratégico
- Presupuesto
Público
- Tesorería
Cabe precisar, que cada Sistema Administrativo cuenta
con un órgano rector.
Todos los servidores públicos bajo el
régimen de la carrera pública (DL. 276), el régimen de la actividad privada
(DL. 728), los Contratos Administrativos de Servicios (DL. 1057 - CAS) y los
regímenes especiales.
No están comprendidos en el ámbito de
SERVIR los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, el
Servicio Diplomático, la Carrera Judicial, la correspondiente al Ministerio
Público y las empresas del Estado bajo el ámbito del FONAFE.
Julio César Castiglioni Ghiglino
Lima, 16 de mayo de 2011
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