jueves, 19 de junio de 2014

TRIBUNAL FISCAL, EL CONOCE Y RESUELVE EN ÚLTIMA INSTANCIA


Son atribuciones del Tribunal Fiscal, el conocer y resolver en última instancia administrativa las apelaciones contra las resoluciones de la Administración que resuelven reclamaciones interpuestas contra órdenes de pago, resoluciones de determinación, resoluciones de multa u otros actos administrativos que tengan relación directa con la determinación de la obligación tributaria, así como contra las resoluciones que resuelven solicitudes no contenciosas vinculadas a la determinación de la obligación tributaria y las correspondientes a las aportaciones a ESSALUD y a la ONP.

La Municipalidad Distrital de Santiago de Surco mediante Resolución Gerencial Nº 237-2006-GAT-MSS de 14 de Febrero del 2006, declaró improcedente la solicitud de declaración de nulidad de inscripción de propiedad, así como la de dejar sin efecto la declaración del Impuesto Predial y arbitrios municipales del ejercicio 2005, respecto al predio ubicado en calle Sin Nombre Mz. E, Lt. 15, Urb. Los Viñedos de Surco – Santiago de Surco, por cuanto no es en sede administrativa que debe solucionarse los problemas que surjan en relación con el derecho de propiedad, debiendo recurrir la solicitante al órgano jurisdiccional competente.

La inscripción o nulidad de la inscripción en el Registro de Contribuyentes de la Municipalidad que corresponda no afecta el derecho de propiedad del recurrente ni de terceros, estando obligada la Municipalidad a recibir las declaraciones y pagos correspondientes que se presentasen, ya que es de responsabilidad de los sujetos pasivos la presentación de la declaración, no teniendo la Administración responsabilidad alguna en recibir tales declaraciones, como ha dejado establecido el Tribunal en la resolución Nº 377-5-98.


JULIO CÉSAR CASTIGLIONI GHIGLINO

Lima, 31 de julio de 2012

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