miércoles, 13 de agosto de 2014

LA MADRE Y AL NIÑO CON DISCAPACIDAD

                                    

Las madres trabajadoras que alumbren hijos con discapacidad contarán con 30 días más de descanso posnatal, según lo establece la Ley Nº 29992, promulgada por el Poder Ejecutivo. El objetivo es garantizar un mejor cuidado de la progenitora hacia sus menores nacidos en condiciones especiales y, muchas veces, con peligro de su salud.
La norma modifica el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley Nº 26644, la cual precisa el goce del derecho de descanso prenatal y posnatal de la trabajadora gestante. La medida se equipara también con la Ley Nº 27606, que establece la extensión del referido beneficio por 30 días naturales adicionales, en los casos de nacimiento múltiple, al conllevar por su naturaleza mayor desgaste físico y emocional.

La discapacidad deberá ser acreditada con la presentación del correspondiente certificado otorgado por el profesional de salud debidamente autorizado. Agregó que la norma deberá ser reglamentada en un plazo de 30 días hábiles.

Si el recién nacido tiene la condición de discapacitado acreditada por profesionales médicos de los ministerios de Salud, Defensa, del Interior y Essalud, esto según la Ley General de la Persona con Discapacidad, la madre trabajadora tendrá derecho a que su descanso posnatal se vea incrementado en 30 días adicionales.

Lima, 06 de febrero de 2014
JULIO CÉSAR CASTIGLIONI GHIGLINO
                                              


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