viernes, 13 de junio de 2014

LA METROPOLI


La Constitución Política del Estado establece que la Capital de la República no integra ninguna región. Tiene régimen especial en las leyes de descentralización y en la Ley Orgánica de Municipalidades. Ejerce sus competencias dentro del ámbito de la provincia de Lima.

La Ley de Bases de Descentralización establece que en el ámbito de la provincia de Lima, las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con arreglo a lo previsto en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que  La capital de la República no integra ninguna región.

Ley Orgánica de Municipalidades establece que  la municipalidad  Metropolitana está sujeta al régimen especial que establece la Ley, tiene competencias y funciones específicas de carácter local metropolitano y regional.

La Metrópoli, constituye una expresión característica de nuestra Época, traduce la etapa más avanzada de la revolución industrial, cuyo auge comienza en el siglo XIX. La ciudad crece sin cesar y se abre paso la metrópoli. Sin embargo está siendo desplazada por la Metrópoli

Los núcleos urbanos, dentro de cuya jerarquía se halla la ciudad, han recibido diversos nombres, cuya significación no es  uniforme: aldea; población; villa; y metrópoli.  Entre tales agrupaciones no existen distingos predios, el empleo de los términos depende de diversas circunstancias.  El grado más alto está representado por la Metrópoli, que es una gran ciudad, que alberga un complejo cultural y económico de importancia.  Se usa el término megalópolis para connotar con la unión de varios grandes centros urbanos dentro de una región superpoblada, al poder político y al poder económico, en continuo crecimiento, se agrega en ellas el adelanto cultural.

No  se trata de una ciudad con límites precisos, sino de una constelación de zonas, no es una sola unidad urbana, sino un conglomerado de centros poblados de distintas características y densidad; tampoco es un solo distrito, sino un conjunto de unidades administrativas, extendidas en una área regular y extensa.  Un centro de gran densidad y actividad, rodeado por círculos concéntricos de población decreciente hasta sus confines imprecisos en el campo que adquiere otra fisonomía de ciudad policéntrica.

La creación o establecimiento de un proceso de gestión metropolitana no basta. Se requiere, el apoyo de una voluntad política que le de respaldo y garantice la apertura hacia logros incrementales que conduzcan, en ·última instancia, a, la instauración de un gobierno de la metrópolis.

En busca de una vinculación, puesto que sólo de esa manera podrá proponerse modificaciones en el ordenamiento territorial que realmente tenga sentido las líneas de política local.

Las áreas metropolitanas constituyen un fenómeno físico espacial complejo, con una concentración poblacional y económica considerable, el cual se ha desbordado sobre diversas jurisdicciones político administrativas, lo que procede es su reconocimiento e institucionalización como espacio político, su inserción formal como parte esencial del gobierno de la ciudad

La recaudación del aparato administrativo para establecer un nivel de gestión metropolitana, debe formularse en el contexto de los procesos de reforma del Estado que actualmente se desarrollan; en particular la relacionada con la descentralización hacia las entidades de gobierno local, más relevante, aún cuanto, supone la necesidad de compatibilizar la gestión de diferentes niveles políticos ‑ administrativos.

Una propuesta de esta naturaleza, se enmarca en concepciones políticas que determinan estados diferenciados de implementación de las respectivas reformas. Por tanto, mientras se definen con precisión las nuevas instancias de gestión metropolitana, el área supra local habrá de concebirse como un espacio de planificación en el cual buscaran articularse las acciones de cada esfera metropolitana.

La gestión de un área metropolitana es una función que recae directamente sobre las autoridades locales; las cuales, conforme a su concepción jurídica y administrativa, son entidades autónomas. En tal sentido, su integración en una administración como área metropolitana impone una participación definida en términos de igualdad de derechos.

Las áreas metropolitanas, tanto urbanísticamente como económica y administrativa, imponen una consideración unitaria, más allá de las fragmentaciones representadas por los integrantes. Cada una de estas jurisdicciones locales, aparte de tener definidas y ejercer sus propias competencias, han visto surgir, con mayor o menor intensidad, movimientos ciudadanos que patentizan formas de articulación de la sociedad civil con la autoridad, y, al mismo tiempo, dan concreción a un sentimiento de identidad o pertenencia a la ciudad.

Son municipalidades integradas en un área metropolitana suelen mantenerse pegados a un concepto tradicional de autonomía aislada uno del otro, lo cual obstaculiza concretar iniciativas de coordinación interinstitucional. También, hace difícil materializar esfuerzos para crear una comunidad metropolitana, o limita las actuaciones de esta al no poderse discernir que intereses son realmente locales y cuales constituyen temas que desbordan el ámbito municipal.  Por lo cual es fundamental su integración para el crecimiento de la ciudad.

El sistema de gobierno local prevaleciente, caracterizado por una reconocida autonomía, determina que la gestión de las áreas metropolitanas deba reflejar la condición igualitaria de las municipalidades integrantes. En ese orden de ideas, la estructura de administración o gobierno que se establezca, no puede desconocer la autoridad que cada uno de ellos tiene atribuida y es en tal virtud que debe buscarse el consenso social y político que garantice la permanencia del poder metropolitano. 

Por ello al elegir a la próxima alcaldesa o alcalde de Lima, debemos reflexionar seriamente a quien le conferimos el poder de administrar la ciudad dentro de la perspectiva de desarrollo que se encuentra avalada y no responder a la simpleza electoral que debería darnos vergüenza a todos “No importa que robe pero que haga obra”.




Lima, 16 de junio de 2010.

JULIO CÉSAR CASTIGLIONI GHIGLINO

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