viernes, 31 de julio de 2015

DOCUEMNTOS DE GESTIÓN EN LA LEY DEL SERVICIO CIVIL


Mediante la Ley Nº 27658, se promulgó la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, que declaró al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de los ciudadanos.

La descentralización del Estado parte de un proceso gradual a raíz de la promulgación de la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, donde se define la descentralización como una forma de organización democrática constituyéndose una política permanente del Estado, que tiene como objetivo
fundamental el desarrollo integral del país. Este proceso de descentralización está concebido para su realización en etapas, en forma progresiva y ordenada de acuerdo a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencias de recursos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales.

La Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, regula la estructura y organización del Estado definiéndola en forma democrática, descentralizada y desconcentrada; partiendo de la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal.

La Constitución Política del Perú reconoce a los gobiernos locales la autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; señalando que la estructura orgánica del gobierno local la conforman el concejo municipal como órgano normativo y fiscalizador y la alcaldía como órgano ejecutivo.

La autonomía concedida a los gobiernos locales les permite conforme al inciso 1) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, la competencia exclusiva para aprobar su organización interna, desenvolverse con plena libertad en los aspectos administrativos; es decir, se garantiza a los gobiernos locales en los asuntos que constitucionalmente les atañen puedan desarrollar las potestades necesarias para garantizar su autogobierno.

El artículo 26º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece  la estructura municipal que adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, gerencia, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; y se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, participación y seguridad ciudadana, y por los principios contenidos en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

El proceso de reforma municipal es un proceso dinámico que exige una permanente reflexión y capacidad de adaptación; así como una disposición de apertura para reconocer los cambios del entorno y continuar realizando una gestión activa, que permita de manera continua mejorar las capacidades y potencialidades de la organización municipal para lograr el bienestar de los miembros de la comunidad y el desarrollo armónico de la jurisdicción. Uno de los objetivos de la reforma municipal es hacerla más eficiente y eficaz, aumentando la calidad y la cantidad de los bienes y servicios que debe tener como único objetivo la satisfacción de necesidades para mejorar la calidad de vida y tener mayores oportunidades para su desarrollo.

La organización municipal debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos propuestos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos, facilitar el desarrollo de las actividades operativas, el fortalecimiento de la cultura organizacional, de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación.

El proceso de modernización debe mostrar la factibilidad de planteamientos que se formulen como alternativas de solución; así tenemos la programación administrativa, que se constituye en un proceso permanente de raciocinio, proyección y previsión para establecer un conjunto de acciones que permitan la consecución de los objetivos institucionales en un período determinado.

La modernización administrativa debe ser la respuesta para hacer posible que el Estado atienda de manera ágil y eficiente las demandas de la sociedad civil. En este contexto la municipalidad debe convertirse en un garante del equilibrio entre el bienestar de la sociedad y el mercado.

En un Estado moderno, los resultados definen la eficiencia de las entidades en la medida en que quienes las dirigen hayan potenciado e impulsado sus propias capacidades de gestión. El proceso de modernización de la municipalidad requiere de la aplicación de importantes medidas prioritarias, tales como:

Ø    La adopción por parte de los directivos de un estilo gerencial participativo, que les facilite mejores resultados a través de la puesta en práctica de mecanismos de intervención no sólo de la ciudadanía sino también de los funcionarios y servidores en el mejoramiento de los sistemas de trabajo y en la prestación de los servicios.

Ø    La profesionalización progresiva o la capacitación especializada del personal, elemento principal que debe constituirse en el soporte de calidad para la gestión. Es necesario un cambio de actitud del personal para que asuma compromisos de mayor rendimiento, comportamiento ético y de identificación con la entidad.

Ø    La incorporación de tecnologías innovadoras computarizadas capaces de producir información relevante para la toma de decisiones y la aplicación de procedimientos simplificados, que faciliten lograr niveles de excelencia en la prestación de los servicios públicos que permitan vender una buena imagen a la entidad.

El ordenamiento jurídico ha establecido cuáles son los documentos de gestión municipal, que deben ser elaborados y aprobados a fin de permitir una mejor organización, estos son:

a)     Reglamento de Organización y Funciones - ROF.
b)    Cuadro para Asignación de Personal - CAP.
c)     Presupuesto Analítico de Personal - PAP.
d)    Manual de Perfiles de Puestos – MPP.

1.      Los documentos de gestión municipal son elaborados y aprobados teniendo en cuenta el orden señalado en el punto precedente; uno es consecuencia del otro, no pueden ser documentos aislados.


Ø  Reglamento de Organización y Funciones – ROF.- Es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades.


Ø  Cuadro para Asignación de Personal – CAP.- Es el documento de gestión institucional que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de la estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones.

Ø  Presupuesto Analítico de Personal – PAP.- Es el documento de gestión donde se considera las plazas y el presupuesto de los servicios específicos del personal permanente y eventual en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de cada programa presupuestado, previamente definidos en la estructura programática, teniendo en cuenta el Cuadro para Asignación de Personal.

Ø  Manual de Perfiles de Puestos – MPP.- Es un documento normativo que describe de manera estructurada todos los perfiles de puestos de la entidad, desarrollándolas a partir de la estructura orgánica, el Reglamento de Organización de Funciones y el Cuadro para Asignación de Personal.


El artículo 28 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la estructura orgánica básica de la municipalidad comprende en el ámbito administrativo, a la gerencia municipal, el órgano de control institucional, la procuraduría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto, ello de acuerdo a la disponibilidad económica y los límites presupuéstales. Los demás órganos de apoyo, asesoría y línea se establecen conforme lo determine la municipalidad.

El artículo 8 de la precitada norma señala que corresponde a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto.

El diseño organizacional de la municipalidad, como un sistema continuo de reforma municipal, debe tener como objetivo promover paradigmas de gestión, donde se incentive el trabajo a fin de alcanzar que la gestión sea eficiente en la realización de las actividades y proyectos en beneficio de la población, alcanzando progresivamente mayores niveles de productividad y calidad en los servicios y productos municipales.

La Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y ante la implementación del régimen previsto; se crea el Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE como instrumento de gestión, el cual será aprobado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil.  Este documento reemplazará al Cuadro para Asignación de Personal y al Presupuesto Analítico de Personal.

Julio César Castiglioni Ghiglino
Lima, 06 de junio de 2014





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