lunes, 5 de octubre de 2015

COBRO ILEGAL DE PARQUEO VEHICULAR


La Municipalidad  Distrital de San Antonio – Cañete, incumplió lo dispuesto en el artículo 61º de la Ley de Tributación Municipal, al cobrar tasas por estacionamiento  vehicular  como condición  para ingresar  y salir de la playa León Dormido ubicada en el distrito de San Antonio durante la temporada de verano 2013.

El artículo 61° del D.S N° 156-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación, señala que: Las Municipalidades no podrán imponer ningún tipo de tasa o contribución que grave la entrada, salida o tránsito de personas, bienes, mercadería, productos y animales en el territorio nacional o que limiten el libre acceso al mercado.

En virtud de lo establecido por el párrafo precedente, no está permitido el cobro por pesaje; fumigación; o el cargo al usuario por el uso de vías, puentes y obras de infraestructura; ni ninguna otra carga que impida el libre acceso a los mercados y la libre comercialización en el territorio nacional.

En ese sentido, en aplicación del artículo 26º del Decreto Ley N° 25868, Ley de Organización y Funciones de Indecopi, se dispone sancionar con una multa de tres (3) Unidades Impositivas Tributarias a los funcionarios,  al calificar sus conductas como una falta muy grave.

En su condición de representante  legal y máxima autoridad municipal, se sancionar al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio; y, al Gerente de Rentas de la Municipalidad.

Se dispone sancionar con una multa de una (1) Unidad Impositiva Tributaria  a las encargadas de efectuar cobros a nombre de la Municipalidad.

La Municipalidad Distrital de San Antonio  Cañete incumplió lo dispuesto en el artículo 61º de la Ley de Tributación Municipal, al efectuar cobros como  condición  para  el  ingreso  y  salida  a  la  playa  León  Dormido  durante  la temporada  de  verano  2013,  sin  considerar  el  tiempo  de  permanencia   de  los vehículos.

De igual modo requirieron al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Antonio - Cañete, que adopten las acciones necesarias para que en las siguientes temporadas de verano, los cobros que se efectúen por concepto de parqueo  vehicular  en  su  municipio  sean  realizados  en  estricto  cumplimiento  del marco legal vigente.


Lima, 07 de agosto de 2014


Julio César Castiglioni Ghiglino 

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