martes, 15 de mayo de 2018

CUOTAS PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2018


El Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución N° 0082-2018-JNE, señala que la cuota de género establece que no menos del 30% de la lista de candidatos a regidores debe estar integrada por varones o mujeres, conforme a su DNI.

La cuota de jóvenes establece que no menos del 20% de la lista de candidatos a regidores debe estar integrada por jóvenes, quienes deben ser mayores de 18 y menores de 29 años de edad, computados hasta la fecha límite de presentación de la solicitud de inscripción de lista de candidatos.

La cuota de comunidades nativas, comunidades campesinas y pueblos originarios, señala que por lo menos el 15% de la lista de candidatos a regidores provinciales debe estar integrado por representantes de comunidades nativas, campesinas y pueblos originarios ubicados en la provincia correspondiente.

A efectos de su inscripción como candidato, el ciudadano que pertenece a una comunidad nativa, campesina o pueblo originario, debe anexar la declaración de conciencia que sobre dicha pertenencia realice, ante el jefe, representante o autoridad de la comunidad. La declaración de conciencia debe estar suscrita por el candidato, así como por el jefe, representante o autoridad de la comunidad, o ser suscrita por el candidato ante el juez de paz competente. En la declaración de conciencia, se hace referencia sobre la existencia de la respectiva comunidad.

La presentación de la declaración de conciencia, entendida como pertenencia a una comunidad nativa, campesina o pueblo originario, es un requisito subsanable.


Julio Cesar Castiglioni Ghiglino

Lima, 15 de mayo de 2018

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