martes, 10 de abril de 2018

¿QUIENES RENUNCIAN EL 10 DE ABRIL?


El numeral 3 del artículo 14 de la Ley 27683 Ley de Elecciones Regionales, señala que no pueden postular a los cargos de gobernador, vicegobernador o consejero regional, si no renuncian de manera irrevocable ciento ochenta (180) días antes de la fecha de las elecciones, los siguientes funcionarios:

Ø  Los ministros y viceministros de Estado.
Ø  Los magistrados del Poder Judicial, del Ministerio Público y del Tribunal Constitucional.
Ø  El contralor general de la República.
Ø  Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura.
Ø Los miembros del Jurado Nacional de Elecciones, el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
Ø  El defensor del pueblo y el presidente del Banco Central de Reserva.
Ø El superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
Ø  El superintendente de Administración Tributaria (SUNAT).
Ø Los titulares y miembros directivos de los organismos públicos y directores de las empresas del Estado.

Conforme a lo establecido en la Resolución N° 080-2018-JNE, los altos funcionarios señalados en el numeral 3 del artículo 14 de la Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N.° 29470, que presenten su renuncia con el propósito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2018, procedan de la siguiente manera:

Ø Las renuncias deben ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 10 de abril de 2018 (180 días calendario antes de las elecciones).
Ø  El cargo o constancia de presentación de la carta de renuncia debe ser remitido, en original o copia legalizada, por el funcionario renunciante, al Jurado Nacional de Elecciones, hasta el 17 de abril de 2018.
Ø  Dicho documento puede ser presentado ante la mesa de partes del Jurado Nacional de Elecciones o ante las oficinas desconcentradas de este organismo electoral.

Lima, 04 de abril de 2018
Julio Cesar Castiglioni Ghiglino

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